Cuáles son tus derechos si te lleva el auto la grúa en California

En el estado de California, las leyes contemplan los deberes pero también los derechos de los conductores cuyos autos son remolcados, permitiéndoles hacer reclamos si consideran que la sanción ha sido injusta

Foto de una grúa remolcando un auto

En el estado de California, las leyes protegen a los conductores que sean remolcados injustamente. Crédito: CC7 | Shutterstock

A pesar de trabajar para cumplir las leyes, algunos operadores de grúas podrían ir en contra de ellas y remolcar vehículos para lucrarse. Esto se debe a las tarifas de estacionamiento en un depósito, las cuales pueden llegar a ser muy altas si se suman algunos cargos adicionales. En el estado de California, sin embargo, las leyes establecen ciertos derechos que protegen a los conductores de los procesos de remolque ilegales; derechos que además les permiten defenderse y establecer un reclamo por el trato injusto.

La ley específica que abarca estos derechos se conoce como AB 2210 y establece todos los detalles sobre las distintas situaciones en las cuales un conductor puede demandar a un operador que esté incurriendo en tratos ilegales.

¿Cuáles son mis derechos si soy remolcado en el estado de California?

De acuerdo con ConsumerAction, la ley AB 2210 fue creada, entre otras cosas, para regular las actividades relacionadas con el remolque de vehículos mal estacionados. En ella se establecen algunas reglas que los conductores pueden tener en cuenta, según sea su caso:

1. Regla de una hora: en California, para ser remolcado, el vehículo que está mal estacionado debe haber permanecido al menos una hora en ese lugar. Existen algunas excepciones, por ejemplo, si está interfiriendo una entrada/salida o está estacionado cerca de una boca de incendios debidamente identificada. En estos casos, la grúa podría remolcarlo legalmente. En caso contrario, el conductor puede alegar que la sanción ha sido injusta.

2. Liberación incondicional: esta norma aplica en muchos estados e indica que los conductores tienen derecho a detener un proceso de remolque si la grúa aún no se ha puesto en movimiento. En estos casos, a diferencia del estado de Nueva York, las leyes de California no exigen que el conductor muestre una licencia de conducir.

3. Tarifa de liberación razonable: cuando un conductor detiene un proceso de remolque, las leyes establecen que no debe pagar más de la mitad de la tarifa establecida en estos casos. Esta tarifa suele variar según sea el lugar del estado y puede obtenerse llamando a la policía. Si un operador solicita una tarifa mayor, el conductor tiene derecho a emitir un reclamo.

4. Límite de diez millas: el lote al cual será llevado el vehículo debe encontrarse en un rango máximo de 10 millas a la redonda. Se considera ilegal que un operador lo lleve a otro sitio más distante.

5. Advertencia claramente publicada: las señales que impliquen lugares prohibidos para estacionarse deben estar plenamente representadas para que se considere que el vehículo está violando la ley. Si es una propiedad privada, además de haber una señal que lo prohíba, el propietario debe cumplir con la regla de la hora antes de exigir que se lleve a cabo proceso.

6. Permiso de remolque: el operador de la grúa debe estar debidamente autorizado para llevar a cabo su tarea. Se considera ilegal que no posea la documentación reglamentaria o que comparta ganancias por su tarea con terceros.

7. Formas de pago: el operador debe aceptar tarjetas de crédito para el pago de la tarifa de remolque, en caso de que el conductor solicite la liberación incondicional.

8. Cumplimiento dentro de las 24 horas: si el conductor cumple con los pagos de liberación antes de que se cumplan las 24 horas iniciales, luego del proceso de remolque, el sitio de depósito no puede cobrar cargos adicionales.

9. Multa por cargos excesivos: los operadores de grúas que incurran en el cobro de tarifas excesivas serán responsables de pagar cuatro veces la cantidad cobrada en procesos de reclamo.

A esto se suma una multa de $2,500 y/o tres meses de cárcel en caso de que el operador de la grúa se niegue a entregarle el vehículo a un conductor que ha solicitado la liberación incondicional.

Ante cualquier queja, los conductores pueden emitir un reclamo en la policía local, el Better Business Bureau, el Departamento de Asuntos al Consumidor (DCA, por sus siglas en inglés) o solicitar información sobre el mismo en la Oficina de Seguridad y Servicios de Investigación del DCA llamando al (800) 952-5210.

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